domingo, 17 de mayo de 2009 | |

Elementos Constituyentes del Estado

El Estado necesita de una serie de elementos para poder considerarse y constituirse como tal, sin ellos estaría incompleto, estos elementos integradores son: La Población , el Pueblo, Territorio y el Sistema Jurídico.


1. La Población:

Es el conjunto de los individuos que habitan en un momento dado en un Estado, y se encuentran integrados dentro de la concepción del mismo.

Desde el punto de vista jurídico es importante precisar las diferencias que se pueden encontrar en una población, entre ellas el idioma, la identidad y la nacionalidad que es la principal diferencia y la más importante porque además es el factor jurídico determinante de la población, es tal su importancia que es necesario clasificarla en dos grandes grupos: los nacionales y los extranjeros.

Entendiendo como nacionales a las personas nacidas o naturales del Estado del cual se trate, por lo tanto, este ciudadano se caracteriza por tener todos los derechos y garantías que consagran las leyes.

Por el contrario los extranjeros son aquellas personas que no son nacidas en el país, ni tampoco se han naturalizado, por lo tanto no gozan de los derechos políticos de los nacionales.

Entonces, la Población sería considerada como el elemento humano que es el objeto fundamental y principal de la actividad del Estado, pues cada individuo es considerado individualmente y cada individuo considerado por sí mismo, da origen a lo que se conoce como población.



2. El Pueblo:

Es el conjunto de personas que están unidas por una serie de elementos como las leyes, o el deseo de habitar en un lugar que sea seguro y adecuado para su desarrollo; es el conjunto de personas que componen un pueblo, provincia o Nación. Generalmente el concepto de pueblo esta identificado con el de población, pero dentro de la Teoría del Estado ello no es correcto. Es necesario aclarar que el conjunto de personas, que se entienden como pueblo, no pueden ser consideradas individualmente en un momento determinado, ya que de ser así, surgiría el concepto de población.

El concepto de Pueblo en la Teoría del Estado debe relacionarse a la idea de generalidad, es decir, el Pueblo de acuerdo con esta Teoría estaría considerado como el elemento geográfico, político y cultural que señala la gran gama de derechos que tienen los ciudadanos, así como los rasgos característicos de la zona. De tal forma que la noción de Pueblo está por encima de la noción de Estado, ya que es el Estado un órgano que surge por disposición del Pueblo y para ocuparse del cuidado de todo lo que existe.


3. El Territorio:

Puede entenderse como la delimitación territorial donde un Estado ejerce y dispone su autoridad mediante una autoridad legítima. El territorio venezolano es, como lo establece el artículo 10 de la Constitución "los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbítrales no viciados de nulidad..."


Características del Territorio:

Constituye una unidad jurídica, puesto que todo el territorio forma parte de lo que se conoce como República Bolivariana de Venezuela.

Desde el punto de vista geográfico: Continental y archipiélagos; el territorio no sólo esta conformado por los Estados ya conocidos, también hay una serie de islas, islotes, cayos, bancos y otras formaciones de tierra que se encuentran en el Mar Caribe y están dentro de los límites marítimos y forman parte del territorio.

Entre el conjunto de archipiélagos se encuentran: Los Monjes, Los Roques, La Orchila , Las Aves, Los Hermanos, Los Frailes, Los Testigos; entre las Islas tenemos: La Tortuga, La Blanquilla, Margarita, Cubagua y Coche, La Sola, De Patos, De Aves.

Los derechos que un Estado ejerce sobre su territorio lo hace de forma tridimensional: espacio aéreo, espacio terrestre y espacio marítimo; y para ello el Estado cuenta con una serie de instituciones que salvaguardan y vigilan estos territorios, como lo son La Fuerza Aérea Venezolana, La Marina Mercante Venezolana y la Fuerza Armada Nacional.



Los derechos que un Estado tiene sobre su territorio se dividen en:

Dominio terrestre:
Constituido por la masa continental.


Dominio marítimo:
Mar territorial, que es el Mar que se encuentra dentro de los límites marítimos establecidos y que se extiende hasta doce millas Mar Adentro.

La zona contigua, extensión de superficie marítima inmediata al Mar Territorial, en la cual el Estado ejerce su soberanía. Dicha extensión no debe exceder de 24 millas.

Zona económica (Mar patrimonial), es aquella zona que extiende los derechos del país sobre el mismo hasta un límite de 200 millas o (370 kilómetros) de la costa.

Altamar o Mar libre, está constituido por la zona marítima donde ningún país ejerce su soberanía, es llamado también Mar Libre.

Plataforma Continental, es aquella que se extiende hasta mucho más allá que lo establecido para el Mar territorial, se extiende hasta donde sean explotables los fondos marinos, y dicha extensión no está delimitada aún, puesto que, por ejemplo, en el caso de las perforaciones petroleras, su explotación cada vez se realiza en profundidades mayores.

Aguas Inferiores, son aquellas aguas marinas o no continentales que tienen su límite interior en tierra firme y su límite exterior en el Mar Territorial, en otras palabras, las aguas interiores son aquellas aguas por medio de las cuales el acceso a la tierra es fácil. La extensión de territorio que afecta las aguas interiores es la misma donde se encuentran los Puertos, las Bahías, los Estuarios, Los Lagos y los Ríos navegables.


Espacio Aéreo:
Masa gaseosa que se extiende de forma perpendicular sobre el territorio terrestre y acuático del Estado.


Espacio Cósmico:
Se define como tal, la zona del Universo que se encuentra ubicada más allá de la atmósfera terrestre. Por ser un espacio que se encuentra fuera de la soberanía que algún país pueda ejercer, el aprovechamiento de dicho espacio está regulado por la “Declaración de las Naciones Unidas sobre los Principios Jurídicos que deben regir las actividades de los Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre” aprobada en 1962.



La órbita geoestacionaria:
Es una zona del espacio que se encuentra ubicada a 35.871 kilómetros sobre la línea ecuatorial de nuestro planeta, que tiene una característica muy particular que es estar libre de lluvias cósmicas, lo que permite que muchos países usen dicho espacio para desarrollar sus telecomunicaciones por medio de la colocación de satélites.



Todos estos elementos son los derechos que un Estado tiene y puede ejercer sobre un territorio determinado, y cada uno de esos elementos es indispensable y complementario para poder ejercer la soberanía de forma efectiva, son elementos constitucionalmente establecidos e internacionalmente reconocidos.


"Pero para esto necesita de un sistema jurídico"


4. Sistema Jurídico:

Este es un elemento imprescindible dentro de la organización de un Estado, y está conformado por el conjunto de leyes que regulan el comportamiento de los individuos de la sociedad. Este sistema permite la creación de los órganos o instituciones que se encargan de aplicar lo consagrado en las leyes, cada órgano tiene una función específica para la administración de justicia.


Dentro de este sistema jurídico compuesto por leyes, la más importante ley y de la que se derivan todas las demás, es la Constitución, ya que la misma establece las instituciones, su composición, funciones y competencias. Es también la llamada Carta Magna, la que establece en su cuerpo todo lo que se entiende por sistema jurídico. Sin la ley o sin el sistema jurídico, el Estado no podría lograr sus fines, ya que la misma es la que legitima la actuación del Estado a través de sus órganos.

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