miércoles, 20 de mayo de 2009 | |

El Estado de Derecho

El Estado de derecho implica que el Estado, como forma de organización política, se legitima a través del derecho. Sirve como mecanismo para limitar el poder. Además, el poder nunca es ilimitado, está limitado por el derecho (anteriormente, el monarca tenía poder ilimitado y además no quedaba sujeto a esas normas que él mismo dictaba).


Esta idea aparece para poder garantizar los derechos, las libertades de los ciudadanos. Y es que toda esta concepción del Estado de derecho viene ligada a la aparición de los derechos de las personas. Sólo si el poder está sometido al derecho, podemos garantizar las libertades y derechos de las personas, y podemos garantizar que no se vulneran.


Para favorecer esta limitación del poder aparece la división de poderes. El poder no puede estar concentrado en un solo órgano, sino dividirse en legislativo, ejecutivo y judicial. Esta concepción aparece a principios del siglo XIX, y la propone Montesquieu.


Cada uno de los poderes tiene unas funciones determinadas y no puede desempeñar las de los otros. Si lo hacen, su acción es ilegítima y puede ser vulnerada. Por tanto, los poderes se controlan entre sí.


Este modelo evoluciona hasta llegar al Estado Constitucional de Derecho, en el que la legitimación jurídica del poder deriva de un texto constitucional que es la norma jurídica suprema del ordenamiento y que cuenta, además, con legitimidad democrática.


La idea es que tiene que existir una Constitución de la que deriva la organización del Estado. La Constitución tiene que ser una norma legitimada por los ciudadanos, puesto que es en éstos en los que reside la soberanía. Los ciudadanos, pues, tienen que ratificar ese texto constitucional, y lo pueden hacer mediante diferentes procedimientos (la ratificación de la actual Constitución Venezolana, la de 1999, fue mediante un referéndum).


Hay que tener en cuenta que no todos los estados con constitución son estados constitucionales de derecho, sino que para tener tal consideración, esta norma jurídica debe ser aprobada por el pueblo (una dictadura que presente una constitución no es un estado constitucional de derecho, porque los ciudadanos no intervienen en el proceso).


La Constitución como norma jurídica se trata de una norma vinculante. Todo su contenido es de obligado cumplimiento y todos los poderes públicos tienen que cumplirla.


La Constitución es la norma jurídica suprema y el resto de normas jurídicas del ordenamiento tienen que respetar lo establecido en la Constitución. El ordenamiento se organiza en forma piramidal, en cuya parte superior está la Constitución.


La Constitución da unidad al ordenamiento y reconduce el sistema hacia esa norma. Para hablar de Estado Constitucional de Derecho, la Constitución debe tener un determinado contenido: tiene que incluir la organización y división de poderes y el reconocimiento y garantía de los derechos fundamentales.

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